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DEPARTAMENTO DE SALUD MUNCIPAL

Departamento de Salud Municipal, le corresponde las siguientes funciones:

  1. Elaborar, ejecutar y evaluar el Plan de Salud Municipal.
  2. Administrar, coordinar y dirigir la gestión técnica, administrativa y financiera de sus establecimientos, con el fin de que se realicen las acciones convenidas con el Ministerio de Salud, destinadas preferentemente al fomento, promoción, prevención, recuperación y rehabilitación; así como aquellas prestaciones o acciones que en el marco de sus atribuciones legales, la Municipalidad estime necesario desarrollar en beneficio de la salud de los habitantes de la comuna.
  3. Administrar y gestionar los recursos destinados a la operación del Servicio, indistintamente del origen de ellos.
  4. Ejecutar el presupuesto anual del Servicio de Salud Municipal.
  5. Otorgar las prestaciones de los Programas de Salud en acuerdo con las normas técnicas y orientaciones impartidas por  el Ministerio, debiendo para ello disponer la asignación de los recursos necesarios en el marco presupuestario asignado para ello, respetando las normas y orientaciones técnicas establecidas por la autoridad pertinente.
  6. Presentar informes estadísticos de las acciones que realice, y las prestaciones que otorguen en la forma y condiciones que se encuentren convenidas, o sean definidas por él y con el Servicio de Salud, o por la Autoridad Sanitaria en el uso de sus atribuciones.
  7. Dar cumplimiento a la presentación de los informes de gestión, financieros, contables y en general todos aquellos  que determinen las normas legales vigentes para la  municipalidad.
  8. Salvaguardar los bienes que se encuentren bajo su dependencia y mantenerlos en  condiciones de permitir el normal  desarrollo  de las funciones para las que fueron destinados, en pos de atender, en el marco de sus competencias, las necesidades de salud de la población identificada como beneficiaria del servicio.
  9. Identificar los beneficiarios, tanto legales como convencionales, descritos en los Convenios, suscritos entre la municipalidad con el Servicio de Salud y otros organismos.
  10. Dar cumplimiento a los convenios suscritos entre la municipalidad, servicio de salud y otros organismos.
  11. Elaborar las propuestas de inversión en el área de su competencia para ser sometidas a consideración de las instancias pertinentes.
  12. Promover, programar y desarrollar cursos de capacitación para el personal del servicio.
  13. Las funciones indicadas precedentemente, serán ejecutadas en conformidad con la ley Nº 19.378, de Atención Primaria de Salud Municipal y sus modificaciones posteriores.

 

Contacto:

Sr. Conrado Muñoz Hormazabal – Director Departamento de Salud Municipal
Tel.: 045- 2962207 – 045-2962200
Correo: cmunoz@padrelascasas.cl
Dirección: Los Alacalufes 376, segundo piso, Padre Las Casas.
Horario de Atención de público: lunes a viernes de 8:30 a 13:00 horas.

 




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